DERECHOS HUMANOS
Los
derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o
reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que
incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana,
para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición
Distintas acepciones
En la actualidad la palabra derechos humanos no es la única que se
utilizó para señalar los derechos inherentes al hombre, sino que son
nombrados de múltiples maneras. Esto ocurre por diversas causas, entre
las que podría nombrar, el diferente idioma, el uso lingüístico de cada
sociedad, las diferentes culturas, la doctrina de los autores, las
distintas posturas, etc.
Entre las diversas denominaciones tenemos:
Derechos del hombre:
Se utiliza la palabra "hombre", para asignar a aquellos derechos que son inherentes a la persona, en razón de su naturaleza humana,
por lo cual todos los hombres son titulares de ellos, por igual. Esta
denominación tiene sus orígenes en la Declaración Francesa de 1789, la
cual apunta al hombre como titular de las derechos.
Derechos individuales:
Se refiere a la individualidad de cada persona, su origen es de raíz
libral-individualista, hace hincapié en que al tratarse de una persona
humana u hombre, se trata de un "individuo". A su vez esta expresión se
le puede realizar una crítica, porque el hombre en comparación con el resto de losanimales,
es una persona, y no es cualquier individuo. También se le puede
criticar el hecho de que al reducir al hombre a un individuo, se lo
estaría apartando de la sociedad y del Estado, se estaría marcando un
ser solitario y fuera de la sociedad.
Derechos de la persona humana:
Alude a que el nombre es ontológicamente una persona humana, y se
encuentra relacionada con la concepción de los derechos del hombre,
porque el hombre por su condición de persona humana es titular de estos
derechos.
Derechos subjetivos:
Hace referencia a que lo subjetivo es lo propio de un sujeto, como es en
el caso del hombre, nos estaría marcando de lo que le pertenece. Esta
expresión viene en contraposición del "Derecho Objetivo".
Derechos Públicos subjetivos:
Es a partir del momento en que los derechos aparecen insertados en la
normativa constitucional. La palabra "Público", nos estaría ubicando al
hombre frente al estado, dentro del ámbito del derecho público. Aparecen
hacia fines del siglo XVIII, con el Constitucionalismo.
Derechos fundamentales:
Al decir fundamentales, nos estamos refiriendo a la importancia de estos
derechos y de su reconocimiento para todos los hombres, hoy en día
también se sostiene que hablamos de derecho fundamental cuando aparecen
en el derecho positivo. Pero mas allá de esta concepción, los derechos humanos al encontrarse fundados en la naturaleza humana, no pueden tomar valor en el momento en el que ingresan a una norma, porque tienen un valor anterior.
TIPOS DE DERECHOS HUMANOS:
Primera generación:
Los derechos humanos de primera generación, tratan esencialmente de la libertad y la participación en la vida política. Son fundamentalmente civiles y políticos, protegen al individuo de los excesos del Estado. Los derechos de primera generación incluyen, entre otras cosas, la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo, la libertad de religión, y el sufragio. Estos derechos fueron propuestos por primera vez en la Carta de Derechos de los Estados Unidos, y en Francia por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en el siglo XVIII, y fueron consagrados por primera vez a nivel global por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y dándole lugar en el derecho internacional en los artículos 3 al 21 de la Declaración Universal y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin
distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica
Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar,
domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país
Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean
Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica
SEGUNDA GENERACIÓN:
La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales. Estos
derechos demandan un ESTADO DE BIENESTAR que implemente acciones,
programas y estrategias, para lograr que las personas gocen de manera
efectiva de estos derechos, entre los que citamos:
Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales.
Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a
ella y a su familia la salud, la alimentación, el vestido, la vivienda,
la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
Durante la maternidad y la infancia, toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.
Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.
La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.}
TERCERA GENERACIÓN:
Se denominan así a un conjunto de derechos de aparición reciente,
producto de acuerdos de la comunidad internacional, se demanda un medio
ambiente sano y libre de problemas. Por su parte, la tercera generación
de derechos humanos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula
con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a
escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de
esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario y universal. Se
originan de la segunda postguerra.
Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a
la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación
genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras
generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la
protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta
generación, para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante
nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la
vida, la libertad y la integridad física. Este grupo fue promovido a
partir de los ochenta para incentivar el progreso social y elevar el
nivel de vida de todos los pueblos.
Derecho a la autodeterminación
Derecho a la independencia económica y política
Derecho a la identidad nacional y cultural
Derecho a la paz
Derecho a la coexistencia pacífica
Derecho al entendimiento y confianza
La cooperación internacional y regional
La justicia internacional
El uso de los avances de las ciencias y la tecnología
La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos
Derecho a un medio medio ambiente sano
El patrimonio común de la humanidad
El desarrollo que permita una vida digna
— La proclamación de la Iª República
El mismo año de 1789, cuando los colonos norteamericanos publicaban su
Constitución,estallaba la Revolución en Francia. Esta tuvo una
repercusión tal, que se la considera como el inicio de la época
Contemporánea.
Causas
Luis XVI, Rey de Francia.
Las causas más influyentes fueron:
— La incapacidad de las clases gobernantes (nobleza, clero y burguesía) para hacer frente a los problemas de Estado
— La indecisión de la monarquía
— Los excesivos impuestos que recaían sobre el campesinado
— El empobrecimiento de los trabajadores
— La agitación intelectual alentada por el Siglo de las Luces
— El ejemplo de la guerra de la Independencia estadounidense
Más de un siglo antes de que Luis XVI ascendiera al trono (1774), el
Estado francés había sufrido periódicas crisis económicas motivadas por:
— Largas guerras emprendidas durante el reinado de Luis XIV
— Mala administración de los asuntos nacionales en el reinado de Luis XV
— Las cuantiosas pérdidas que acarreó la Guerra Francesa e India (1754-1763)
— El aumento de la deuda generado por los préstamos a las colonias
británicas de Norteamérica durante la guerra de la Independencia
estadounidense (1775-1783).
María Antonieta y sus hijos. El temperamento frívolo de la reina concitó contra ella la animosidad del pueblo francés
En agosto de 1774, el rey nombró controlador general de Finanzas a Anne
Robert Jacques Turgot, un hombre de ideas liberales que instituyó una
política rigurosa en lo referente a los gastos del Estado. Sin embargo,
la mayor parte de su política restrictiva fue abandonada al cabo de dos
años y Turgot se vio obligado a dimitir por las presiones de la nobleza y
el clero, apoyados por la reina, María Antonieta de Austria. Su
sucesor, el financiero y político Jacques Necker, tampoco consiguió
realizar grandes cambios antes de abandonar su cargo en 1781, debido
asimismo a la oposición de los mismos grupos.
La censura quedó abolida durante la campaña y multitud de escritos que
recogían las ideas de la Ilustración circularon por toda Francia.
Necker, a quien el monarca había vuelto a nombrar interventor general de
Finanzas en 1788, estaba de acuerdo con Luis XVI en que el número de
representantes del tercer estado (el pueblo) en los Estados Generales
fuera igual al del primer estado (el clero) y el segundo estado (la
nobleza) juntos, pero ninguno de los dos llegó a establecer un método de
votación.
A pesar de que los tres estados estaban de acuerdo en que la estabilidad
de la nación requería una transformación fundamental de la situación,
los antagonismos estamentales imposibilitaron la unidad de acción en los
Estados Generales, que se reunieron en Versalles el 5 de mayo de 1789.
Las delegaciones que representaban a los estamentos privilegiados de la
sociedad francesa se enfrentaron inmediatamente a la cámara rechazando
los nuevos métodos de votación presentados.

los derechos humanos son muy buenos pues sin eyos oi en dia no seriamos libres talves las mujeres aun ni tendrian la libertad de expresarse muchas cosas no se para mi estaria bien feo si aun asi es dificil :/
ResponderEliminarsi por eso es importante ponerlos en practica en caso de una injusticia para que no se quieran aprobechar :)
Eliminarps los derechos humanos son muy buenos por que gracias a ellos nos podemos defender con mas seguridad, cada individuo solo por ser humano tiene todo el privilegio de usar estos derechos, si estos derechos no existieran imaginaste que jodidos estaríamos, buen trabajo eny,
ResponderEliminardi no a la pirateria ;)
si yase si deporsi los tenemos y atodos les vale y nos quieren hacer tontos por eso hay que saber bien los derechos que tenemos y ponerlos en practica:)
Eliminarlos derechos hamanos , es algo muy importante por que es lo que nos defiende y ase valer nuestros derechos, buen trabajo compañera,
ResponderEliminarmuchas grasias:) pero pues sin derechos humanos no tendriamos nadas y todos estariamos bien jodiddo:$
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